Esta fracción da lugar a muchos equívocos, en muchos casos los ciudadanos identifican este contenedor como el lugar donde depositar plásticos, eso implica que depositen en el objetos de plástico de todo tipo, sillas de jardín, juguetes y otras muchas cosas que no son envases.
Desde este apartado intentaremos orientaros con objeto de que podáis depositar correctamente los residuos que corresponden con esta fracción.
Según el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, se considera residuos de envases "todo envase o material que haya formado parte de un envase cuyo poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar en virtud de las disposiciones en vigor, excepto los residuos de producción generados en los procesos de fabricación de los envases".
En este contenedor podemos depositar :
Actualmente en el supermercado hay un tipo de bolsa que tiene un tacto diferente a las convencionales y son más finas, son bolsas de plástico compostable.Por lo tanto ese tipo de bolsa debemos depositarla en el contenedor de orgánica
En este contenedor no tenemos que depositar:
No todo el plástico se recicla con la misma facilidad. Existen diferentes tipos de plástico y con diferentes capacidades para el reciclaje,. Para identificarlos basta con buscar en los envases un numero situado en el interior del símbolo de reciclaje, que indica su aptitud de reciclaje, que será mayor cuanto mas bajo sea el número.
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